Viajeros bajo el Programa de exención de visado
Martes 15 de octubre de 2024

Desde Agosto del 2008, el Sistema Electrónico para la Autorización de Viaje (ESTA) será accesible a través de Internet para los ciudadanos y nacionales elegibles de los países participantes en el Programa de exención de visado (VWP, por su sigla en inglés) para solicitar por adelantado una autorización de viaje a Estados Unidos bajo el VWP.


Inicialmente, el ESTA solo estará disponible en inglés. Después estará disponible en otros idiomas. A partir del 12 de enero del 2009, todos los viajeros bajo el VWP estarán obligados a conseguir una autorización de viaje electrónica antes de embarcar en un transporte para viajar por aire o mar hacia EE.UU. bajo el VW.


Cómo funciona el Sistema Electrónico para la Autorización de Viaje


Inicie la sesión en el sitio web del ESTA en https://esta.cbp.dhs.gov/ y complete en linea el formulario de solicitud en inglés. Se invita a los viajeros a hacer la solicitud con antelación. El sistema basado en la web le pedirá que conteste preguntas básicas sobre sus datos biográficos y otras relativas a su elegibilidad, que son las normalmente incluidas en el formulario en papel I-94W.


Las solicitudes se pueden enviar en cualquier momento antes del viaje; sin embargo, DHS recomienda que se soliciten al menos con 72 horas de antelación al viaje. En la mayoría de los casos recibirá una respuesta a los pocos segundos:


Autorización aprobada: Viaje autorizado


Viaje no autorizado: El viajero deberá obtener un visado de no inmigrante en una embajada o consulado estadounidense antes de viajar a EE.UU.


Autorización pendiente: El viajero tendrá que comprobar el sitio web del ESTA en las 72 horas siguientes para conocer la decisión final.


Una autorización de viaje aprobada a través de ESTA:



  • Es obligatoria para todos los viajeros bajo el VWP antes de embarcar en un transporte por aire o mar hacia EE.UU. bajo el VWP a partir del 12 de enero del 2009.

  • Es válida, a menos que sea revocada, por un máximo de dos años o hasta que expire el pasaporte del viajero, lo que suceda primero.

  • Es válida para múltiples entradas a EE.UU. Cuando tenga planes de viajes futuros, o si las direcciones o itinerarios de destino de un solicitante cambian después de que su autorización haya sido aprobada, podrán actualizar esa información fácilmente a través del sitio web del ESTA.

  • • No es una garantía de admisibilidad a Estados Unidos en un puerto de entrada. La aprobación de ESTA sólo autoriza a un viajero a embarcar en un transporte para viajar a EE.UU. bajo el VWP. (Para información adicional, por favor visite “Para visitantes internacionales” en www.CBP.gov/travel.)


ESTA mejorará la seguridad del VWP y permitirá a Estados Unidos mantener y ampliar la participación en el programa.


Después del 12 de enero del 2009, los viajeros bajo el VWP que no soliciten y no reciban autorización de viaje a través del ESTA antes de viajar pueden ver rechazada su solicitud de embarque, experimentar un procesamiento más lento o ver denegada su admisión a EE.UU. en un puerto de entrada.


El VWP es administrado por DHS y habilita a los ciudadanos y nacionales elegibles de algunos países a viajar a Estados Unidos por turismo o negocios para estancias de 90 días o menos sin obtener un visado.


Encontrará información adicional respecto del VWP y el ESTA en www.cbp.gov/esta.


Países elegibles: Países actualmente participantes en el Programa de exención de visa:


Andorra, Luxemburgo, Australia, Mónaco, Austria, Países Bajos, Bélgica, Nueva Zelanda, Brunei, Noruega, Dinamarca, Portugal, Finlandia, San Marino, Francia, Singapur, Alemania, Eslovenia, Islandia, España, Irlanda, Suecia, Italia, Suiza, Japón, Reino Unido, Liechtenstein.


Esperamos asegurar que su viaje sea en todo momento seguro y conveniente hoy y en futuro.


Renuncia a derechos


Como una condición a cada admisión a Estados Unidos bajo el Programa de exención de visado, la presentación de identificadores biométricos (incluyendo huellas dactilares y fotografías) durante el procesamiento a la llegada a Estados Unidos reafirmará la renuncia a todo derecho a revisar o recurrir la determinación de un Funcionario del Servicio de Aduanas y Control de Fronteras de EE.UU. en cuanto a admisibilidad, o a refutar, excluyendo que sea sobre la base de una solicitud de asilo, toda acción de remoción resultante de una solicitud para admisión bajo el Programa de exención de visa.


Tags: viajeros
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